Estrategia de Justicia Ambiental
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO DE JUSTICIA AMBIENTAL Y DECRETO EJECUTIVO 12898 (PDF).
Estrategia de Justicia Ambiental del DOT
I. Introducción
A. Generalidades
El Decreto ejecutivo 12898, "Acciones federales para abordar la justicia ambiental en poblaciones minoritarias y de bajos ingresos (11 de febrero, 1994), (Decreto ejecutivo 12898 o D.E.) requiere que cada agencia federal "incorpore el hecho de alcanzar la justicia ambiental como parte de su misión por medio de identificar y abordar, en su caso, los efectos que sean extremadamente altos y adversos para la salud humana o el medio ambiente de sus programas, políticas y actividades en poblaciones minoritarias y de bajos ingresos”. De acuerdo con el decreto ejecutivo, cada agencia federal debe desarrollar una estrategia de justicia ambiental (EJ, por sus siglas en inglés) para toda la agencia para implementar sus requisitos. El Departamento de Transporte (DOT o el Departamento) de los EE. UU. dio a conocer su estrategia EJ original en 1995.
El 4 de agosto de 2011, el Secretario de Transporte, junto con los jefes de otras agencias federales, firmaron un Memorando de entendimiento sobre justicia ambiental y el Decreto ejecutivo 12898 (EJ MOU, por sus siglas en inglés) que confirma la importancia continua de identificar y abordar las consideraciones de justicia ambiental en los programas, las políticas y actividades de la agencia, según lo exige el Decreto ejecutivo 12898. Como parte del EJ MOU, cada agencia federal acordó revisar y actualizar la estrategia EJ existente en su caso y dar a conocer la estrategia actualizada. En consecuencia, el DOT ha revisado y actualizado su estrategia EJ de 1995 en consecuencia. La estrategia EJ actualizada todavía refleja el compromiso del DOT con los principios de justicia ambiental e integra dichos principios en los programas, las políticas y actividades del DOT. La estrategia actualizada también sigue valiéndose de las autoridades existentes para el logro de la justicia ambiental como se describe en el decreto ejecutivo, tal como la Ley Nacional de Política Ambiental de 1969 (NEPA, por sus siglas en inglés), el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (Título VI) y los estatutos relacionados y la Sección 6-601 del Decreto ejecutivo sobre revisiones internas, así como cumplir con los compromisos y áreas de interés establecidos en el Memorando de entendimiento sobre justicia ambiental.
B. Relación de la justicia ambiental con la misión de la agencia y con el plan estratégico, las metas y los objetivos de la agencia
Como componente clave de la estrategia de justicia ambiental de 1995 del DOT, el Departamento emitió una Resolución DOT interna sobre la justicia ambiental en 1997 (Decreto DOT 5610.2), que establece el compromiso del Departamento para alcanzar la justicia ambiental como parte de su misión y además indica que es política del DOT promover los principios de justicia ambiental a través de la incorporación de tales principios en todos los programas, las políticas y las actividades del DOT. El compromiso del DOT con la justicia ambiental está en consonancia con la misión general del DOT “servir a los Estados Unidos al garantizar un sistema de transporte rápido, seguro, eficiente, accesible y conveniente que cumpla con nuestros intereses nacionales vitales y que mejore la calidad de vida del pueblo norteamericano, hoy y en el futuro”. Mediante la incorporación de la justicia ambiental y las consideraciones de no discriminación en la planificación del transporte y los procesos de toma de decisiones, así como revisiones ambientales específicas por proyecto, el DOT se esfuerza por garantizar que la toma de decisiones relacionadas con el transporte mejore la calidad de vida de todas las personas en los Estados Unidos. La justicia ambiental también está directamente relacionada con dos prioridades principales del Departamento, las comunidades habitables y la sostenibilidad ambiental, que promueven vecindarios saludables con opciones de transporte ambientales y sostenibles.
C. Principios rectores de la justicia ambiental
De acuerdo con el decreto ejecutivo, las agencias deben identificar y abordar, según corresponda, los efectos que sean extremadamente altos y adversos para la salud humana o el medio ambiente de los programas, las políticas y las actividades de la agencia en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos. La justicia ambiental en el DOT incluye la incorporación de principios de no discriminación y justicia ambiental en la planificación del transporte y los procesos de toma de decisiones, así como revisiones ambientales específicas por proyecto.
Los principios rectores de la justicia ambiental que sigue el DOT se resumen de la siguiente manera:
- Evitar, minimizar o mitigar los efectos que sean extremadamente altos y adversos para la salud humana y el medio ambiente, incluidos los efectos sociales y económicos, en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos.
- Garantizar la participación plena y equitativa de todas las comunidades potencialmente afectadas en el proceso de toma de decisiones de transporte.
- Evitar el rechazo, la reducción o el retraso significativo en la percepción de beneficios por parte de las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos.
D. Estrategia anterior de justicia ambiental
El Decreto ejecutivo 12898 establece que cada agencia federal debe desarrollar una estrategia específica para toda la agencia para la implementación de lo dispuesto en el decreto ejecutivo. La estrategia original sobre justicia ambiental de 1995 del DOT reafirmó el compromiso del Departamento con los principios de justicia ambiental incorporados en el Plan Estratégico de 1995 de la Secretaría e identificó las acciones que el Departamento pretendía adoptar para implementar el Decreto ejecutivo 12898. La estrategia de 1995 también establece el enfoque del DOT para la implementación del Decreto ejecutivo 12898 en todos los programas, políticas, y actividades pertinentes patrocinados, apoyados y realizados por el Departamento.
El componente clave de la estrategia de justicia ambiental de 1995 fue el desarrollo de un Decreto interno del DOT sobre justicia ambiental. En junio de 1995, el DOT publicó una propuesta de Decreto para hacer comentarios en el Registro Federal y emitió su Decreto final sobre justicia ambiental en abril de 1997. El Decreto 5610.2 del DOT "Justicia ambiental en poblaciones minoritarias y de bajos ingresos" ofrece orientación a las administraciones operativas (OA, por sus siglas en inglés) del DOT para la integración de los principios de justicia ambiental en los programas, las políticas y actividades existentes. En los 16 años que siguieron a la emisión de la estrategia de 1995, el Departamento ha mantenido su compromiso con estos principios y ha trabajado para evitar, minimizar o mitigar los impactos que sean extremadamente altos y adversos de sus programas, políticas y actividades en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos.
II. Estrategia de justicia ambiental de 2011
La estrategia original del DOT fue desarrollada para ofrecer la flexibilidad necesaria para ajustarse periódicamente a las cambiantes condiciones sociales y tecnológicas, así como los nuevos conocimientos adquiridos a través de la implementación.
Los acontecimientos recientes han facilitado dichos ajustes. En 2010, la administración de Obama renovó el compromiso del gobierno federal con la justicia ambiental, para lo que nombró un consejero superior de justicia ambiental en la Agencia de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) y se encargó de la revitalización del grupo de trabajo encargado de la justicia ambiental dentro de la agencia (EJ IWG, por sus siglas en inglés), establecido por el Decreto ejecutivo 12898, con un mayor enfoque en la participación pública.
El DOT participó de este nuevo esfuerzo, con un liderazgo de alto nivel, formó parte de las reuniones a nivel de gabinete y habló en la Casa Blanca en un Foro sobre justicia ambiental. El 4 de agosto de 2011, el Secretario de Transporte se unió a los jefes de otras agencias federales en la firma del Memorando de entendimiento sobre justicia ambiental, para reconocer su importancia continua y comprometerse a revisar y actualizar, según proceda, las estrategias de justicia ambiental vigentes, centrándose, según corresponda, en las siguientes áreas: aplicación de la Ley Nacional de Política Ambiental (NEPA, por sus siglas en inglés), la aplicación del Título VI, los impactos del cambio climático y los impactos del transporte comercial y la infraestructura de apoyo. En respuesta al Memorando de entendimiento, un grupo de trabajo interno del personal del DOT, junto con representantes de todas las administraciones operativas pertinentes, ha trabajado para actualizar la estrategia de 1995.
Una revisión de la estrategia y el historial de la aplicación de justicia ambiental ha suscitado nuevas recomendaciones que el Departamento cree que mejorarán la estrategia y la capacidad del DOT para alcanzar la justicia ambiental. La estrategia actualizada refleja el compromiso continuo del DOT de adoptar los objetivos relacionados con la justicia ambiental. El DOT llevará eso a cabo a través de la ejecución de todas las regulaciones y legislaciones ambientales y de planificación aplicables, y por medio de la promoción de la no discriminación en los programas, las políticas y actividades que afectan la salud humana y el medio ambiente, en consonancia con el Decreto ejecutivo 12898, la NEPA, los estatutos de planificación en el Título 23 del Código de los EE. UU. y el Título 49 del Código de los EE. UU, y en el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y los estatutos relacionados. El DOT también mantiene su compromiso de acercar la toma de decisiones del gobierno a las comunidades y las personas afectadas por estas decisiones y garantizar oportunidades de mayor participación del público en las decisiones relativas a la salud humana y el medio ambiente.
A. Esfuerzos sobre la justicia ambiental del Departamento completo
1. Decreto del DOT
El Decreto interno sobre justicia ambiental de 1997 es de importancia fundamental para la continuación de la aplicación de los principios de justicia ambiental dentro del DOT ya que establece los procedimientos y la orientación necesarios para el Departamento y sus administraciones operativas para poder implementar el Decreto ejecutivo 12898. El Decreto del DOT tiene por objeto garantizar un enfoque coherente hacia el logro de la justicia ambiental en el Departamento y garantizar que todos los componentes del DOT tengan en cuenta e incorporen en su totalidad, según corresponda, los principios de justicia ambiental en los programas, las políticas y actividades existentes. El decreto también reafirma el compromiso del DOT de garantizar que la no discriminación sea una parte integral de sus programas, políticas y actividades.
El Decreto ejecutivo 12898 y el Memorando presidencial adjunto subrayan la importancia de utilizar las leyes existentes para asegurar que todas las personas vivan en un ambiente seguro y saludable y que el decreto del DOT esté estrechamente alineado con los requisitos de la NEPA y el Título VI. Específicamente, el Título VI prohíbe la discriminación por motivos de raza, color o nacionalidad en programas o actividades que reciben asistencia financiera federal. De acuerdo con el Título VI y el decreto ejecutivo, el Decreto del DOT hace hincapié en la importancia de garantizar que los programas o actividades financiadas por el DOT que afectan a la salud humana o el medio ambiente no discriminen por razones de raza, color o nacionalidad. El Decreto del DOT también hace hincapié en que los requisitos, tales como los establecidos en NEPA, sean administrados a fin de determinar el riesgo de discriminación temprano en el desarrollo del programa o la actividad para que se pueda tomar la medida correctiva positiva.
El Decreto del DOT establece tres objetivos principales que se seguirán respetando. En primer lugar, dirige la Oficina de la Secretaría de Transporte (OST, por sus siglas en inglés) y las administraciones operativas departamentales para determinar la manera más económica y eficiente de integrar los procesos y objetivos del decreto con las regulaciones y la orientación existentes.
En segundo lugar, el Decreto del DOT establece una guía para determinar si es probable que un programa, política, proyecto o actividad del DOT o financiado por el DOT (acción del DOT) tenga efectos que sean extremadamente altos y adversos para la salud humana o el medio ambiente en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos. Como parte de este proceso, el DOT, sus administraciones operativas y los beneficiarios de la asistencia financiera federal brindarán oportunidades adecuadas y significativas para que los representantes de las comunidades potencialmente afectadas realicen sus comentarios. De acuerdo con el Decreto del DOT, el Departamento debe considerar los objetivos de justicia ambiental en la administración de los requisitos de la NEPA; Título VI y los estatutos relacionados; la Ley Uniforme de Asistencia para la Reubicación y Políticas de Adquisición de Bienes Raíces de 1970, según enmienda (URA, por sus siglas en inglés); los requisitos de planificación autorizados del Congreso; otras leyes, reglamentos y decretos, que tratan o afectan la toma de decisiones y la planificación de la infraestructura; los asuntos sociales, económicos o ambientales; la salud pública; y la participación del público.
En tercer lugar, el Decreto del DOT proporciona orientación sobre las medidas que deben adoptarse para hacer frente a los efectos que sean extremadamente altos y adversos, incluidas las medidas de mitigación y la consideración de las alternativas que evitan o reducen esos efectos. Estas medidas incluyen la prevención de la contaminación y las medidas de salud y seguridad, medidas para mantener la cohesión de la comunidad y la vitalidad económica, y medidas de mitigación y compensación. Este proceso incluye procedimientos para proporcionar oportunidades significativas para la participación pública de las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos, incluidos los aportes de la comunidad para la identificación de posibles medidas de mitigación para las acciones del DOT.
El Decreto del DOT también permite la recopilación de datos y la investigación, según sea necesario, para proporcionar información para cumplir con el Decreto ejecutivo 12898.
2. Guía para las administraciones operativas
Todas las administraciones operativas del Departamento cuyos programas, políticas y actividades pueden provocar efectos que sean extremadamente altos y adversos para la salud humana o el medio ambiente en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos desarrollarán herramientas o documentos sobre justicia ambiental, de conformidad con el Decreto 5610.2 del DOT. La orientación de las agencias se simplificará en la medida adecuada a través del Grupo de trabajo del DOT, la Oficina del Subsecretario para la Política de Transporte y la Oficina Departamental de Derechos Civiles. Esto incluye la determinación de la forma más eficaz y eficiente de integrar los procesos y objetivos de la estrategia y el Decreto del DOT con las normas y la orientación existentes. Las administraciones operativas correspondientes participarán en el grupo de trabajo de justicia ambiental del Departamento y seguirán cooperando junto con la Oficina Departamental de Derechos Civiles y el Subsecretario de la Política de Transporte.
El DOT y sus administraciones operativas revisarán los programas y actividades de investigación para determinar si y de qué manera las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos pueden incluirse más apropiadamente en el alcance de los proyectos de investigación específicos.
3. Difusión pública de la implementación de la estrategia de justicia ambiental
El compromiso y la participación del público en la toma de decisiones es un principio esencial de la justicia ambiental fundamentales para el logro de resultados que reflejen las necesidades de todas las partes afectadas en la mayor medida posible. A lo largo de la historia, las comunidades minoritarias y de bajos ingresos han tenido que soportar los efectos extremadamente altos o adversos para la salud o el medio ambiente de los proyectos de infraestructura. La participación activa de todas las comunidades afectadas ayudará a asegurar que los planes y proyectos de transporte eviten, minimicen o mitiguen estos impactos sobre las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos. Por esta razón, el DOT está comprometido con el desarrollo y el uso de la participación del público para alentar a las poblaciones de justicia ambiental a participar en la planificación y ejecución de programas, políticas y actividades del DOT.
El DOT se ha comprometido a involucrar a las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos en la toma de decisiones de transporte en todas las administraciones operativas, desde las primeras etapas de la planificación hasta la ejecución del proyecto. Como el DOT implementa una estrategia de difusión, el Departamento se ha comprometido a desarrollar vínculos con las partes interesadas, incluidos los interlocutores estatales y locales que ayudan a financiar nuestros sistemas de transporte y los que sirven a poblaciones poco representadas, al reconocer que los líderes de la comunidad están en una posición ideal para defender el proceso de participación pública y difundir información a sus electores.
El DOT está evaluando estrategias tradicionales y no tradicionales para involucrar a las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos, incluidos talleres regionales para los funcionarios estatales y locales, anuncios en línea, así como un portal web para organizar documentos del DOT relacionados con la justicia ambiental en un lugar fácil de localizar. En este portal, el DOT será capaz de crear un sitio para facilitar el diálogo informal y los comentarios de las partes interesadas y los representantes en justicia ambiental, según sea necesario. El DOT también se asegurará de que las comunidades con poblaciones de dominio limitado del inglés (LEP, por sus siglas en inglés) tengan acceso a la información en la mayor medida posible y que se fomente su participación en los aportes a la toma de decisiones. El Departamento ha creado un equipo de trabajo público para desarrollar y perfeccionar la estrategia de divulgación del Departamento, según sea necesario.
4. Guía y formación sobre justicia ambiental del DOT
Con el fin de garantizar que los directivos del DOT estén plenamente conscientes de sus responsabilidades en virtud del Decreto ejecutivo 12898 y los mandatos estatutarios preexistentes, el DOT continuará realizando seminarios de información sobre justicia ambiental disponibles para los administradores de programas en todo el Departamento. Se les consultó a los representantes de la comunidad de justicia ambiental en cuanto a la planificación de estos seminarios en el pasado y, a medida que se actualice esta formación, se volverá a recopilar información al respecto.
Además, en consonancia con la filosofía del Departamento de integrar las consideraciones de justicia ambiental en todos los programas, políticas y actividades pertinentes del Departamento, las administraciones operativas del DOT revisarán y modificarán los cursos de formación existentes para garantizar una cobertura adecuada de los principios de justicia ambiental y utilizar ejemplos de capacitación que incluyan aspectos de justicia ambiental. Estos cursos incluyen temas tales como el cumplimiento de regulaciones ambientales, la planificación y el desarrollo de infraestructura, la implementación de programas de derechos civiles por parte de los beneficiarios y beneficiarios secundarios de las subvenciones, la participación pública y la gestión de las instalaciones y recursos del Departamento. Los destinatarios de estos cursos de formación incluyen a los empleados del DOT y los beneficiarios de la financiación del DOT. La capacitación formal sobre la aplicación de la justicia ambiental se proporciona a través del Instituto Nacional de Carreteras y el Instituto Nacional de Tránsito para ayudar a que los empleados federales y beneficiarios comprendan los procesos y las herramientas para asegurar el cumplimiento de las políticas de justicia ambiental. El DOT también proporciona asistencia técnica a las agencias de transporte para garantizar que a las comunidades minoritarias y de bajos ingresos se les proporcione una oportunidad conveniente para participar de forma significativa en las decisiones de transporte que afectan a su comunidad.
Estas oportunidades de capacitación y asistencia técnica mejoran la capacidad del DOT de alcanzar la justicia ambiental dentro del Departamento, así como en proyectos del DOT que reciben fondos federales. El DOT continuará asegurándose de que la formación de justicia ambiental permanezca disponible e incluya información esencial sobre la participación pública significativa en la toma de decisiones de transporte. El DOT utilizará la tecnología existente para hacer que estos cursos de formación estén tan disponibles como sea posible.
B. Papel de los elementos clave del DOT en el cumplimiento del Decreto ejecutivo 12898 y el EJ MOU
Las siguientes organizaciones tienen un papel clave que desempeñar en la coordinación del proceso de implementación.
1. Grupo de trabajo de justicia ambiental del DOT
El Secretario establecerá formalmente el Grupo de trabajo interno de justicia ambiental del DOT, que se ha reunido de manera informal con el fin de debatir diversos asuntos de justicia ambiental. El grupo de trabajo de justicia ambiental estará integrado por abogados, personal de derechos civiles y personal del programa ambiental de la Secretaría de Transporte y administraciones operativas apropiadas, que serán coordinados y dirigidos por la Oficina del Subsecretario para la Política de Transporte (Política OST).
En el curso de las reuniones celebradas con regularidad, en este grupo de trabajo se tratarán temas de justicia ambiental, incluidos los originados en administraciones operativas individuales o múltiples y en las iniciativas de todo el Departamento, para garantizar la coherencia entre los objetivos de la política, intercambiar conocimientos, facilitar el uso eficiente de los recursos y para fomentar la consulta y coordinación entre los empleados de las oficinas de derechos civiles, oficinas de programas ambientales y las oficinas judiciales. El grupo de trabajo examinará también la guía elaborada por las administraciones operativas para garantizar la coherencia dentro del Departamento.
2. Oficina del Subsecretario para la Política de Transporte (Política OST)
La Política OST se mantendrá en contacto con los diversos elementos del Departamento para asegurar que cada administración operativa examine sus programas, políticas y actividades y tome las medidas adecuadas para cumplir con el Decreto ejecutivo 12898, el EJ MOU y el Decreto de justicia ambiental del DOT. Esta oficina también se encarga de vigilar la aplicación de la estrategia de justicia ambiental del DOT para ayudar a mantener la estrategia relevante y fomentar la coherencia y exhaustividad en el cumplimiento de los principios contenidos en el Decreto ejecutivo y los compromisos acordados en el Memorando de entendimiento sobre justicia ambiental. Además, la oficina trabajará para mantener a los funcionarios departamentales de los niveles superiores correctamente involucrados en el logro de los objetivos de la estrategia y en el mantenimiento de relaciones con el grupo de trabajo encargado de la justicia ambiental dentro de la agencia (EJ IWG), otros departamentos y organismos, así como la comunidad de justicia ambiental.
3. Oficina Departamental de Derechos Civiles
La Oficina Departamental de Derechos Civiles se encargará de dirigir y brindar asistencia técnica a las administraciones operativas y a los beneficiarios de los fondos del DOT, según sea necesario, en la administración de sus responsabilidades del Título VI que se relacionan con la justicia ambiental, incluida la investigación de las quejas del Título VI o la resolución alternativa de disputas sobre cuestiones de justicia ambiental. Esto puede tomar la forma de directrices, memorandos de aplicación general y la formación destinada a alcanzar la justicia ambiental para los miembros de las poblaciones minoritarias. La Oficina Departamental de Derechos Civiles se reunirá con las oficinas derechos civiles de las administraciones operativas para debatir sobre asuntos de justicia ambiental, sobre todo antes de la emisión de directrices, memorandos, etc., para garantizar que los mensajes departamentales sean consistentes.
C. Esfuerzos del programa que hacen que la justicia ambiental avance
Las administraciones operativas, cuyos programas, políticas o actividades podrían tener efectos que sean extremadamente altos para la salud humana o el medio ambiente en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos, tienen o desarrollarán herramientas y documentos, que pueden incluir una guía, mejores prácticas, manuales, declaraciones administrativas, circulares u otros productos, según corresponda,para alcanzar la justicia ambiental en sus programas, de acuerdo con el Decreto sobre justicia ambiental del DOT. Estas administraciones operativas incluyen, a modo de ejemplo, a la Administración Federal de Carreteras (Federal Highway Administration, FHWA), la Agencia Federal de Tránsito (Federal Transit Administration, FTA), la Administración Federal de Aviación (Federal Aviation Administration, FAA), la Administración Marítima (Maritime Administration, MARAD), la Administración de Seguridad de Tuberías y Materiales Peligrosos (Pipeline and Hazardous Materials Safety Administration, PHMSA) y la Administración Federal de Ferrocarriles (Federal Railroad Administration, FRA).
Además, según el caso, cada administración operativa se centrará para sus misiones en las siguientes áreas: transporte para acceso a puestos de trabajo, en particular para los sectores de la población que no conducen; calidad de los sistemas de transporte cerca de las comunidades minoritarias y de bajos ingresos; aplicación de NEPA; la aplicación de Título VI; impactos y beneficios del transporte comercial y la infraestructura de apoyo (transporte de mercancías); y los impactos del cambio climático.
El DOT pondrá especial énfasis en el establecimiento de una guía de justicia ambiental eficiente y consistente en todas las administraciones operativas. Las acciones emprendidas se desarrollarán y perfeccionarán a medida que la estrategia del Departamento evoluciona. La guía desarrollada por las administraciones operativas será revisada por el grupo de trabajo de justicia ambiental del DOT para asegurarse de que la guía no establezca requisitos o procesos significativamente diferentes para las diferentes administraciones operativas.
D. Presentación de informes y responsabilidad
Para fomentar la responsabilidad en la coordinación y presentación de informes, todas las administraciones operativas presentarán un informe a la Política OST dentro de los 6 meses posteriores a la fecha en que se finalice esta estrategia, sobre los avances en el desarrollo de la guía, la integración de los principios de justicia ambiental en las operaciones existentes y otros incisos establecidos en el EJ MOU.
Además, las administraciones operativas pertinentes, incluidas las enumeradas anteriormente, presentarán un informe de progreso anual al 11 de diciembre de cada año al grupo de trabajo del DOT, a partir del 11 de diciembre de 2011, que incluya un breve informe sobre los progresos realizados durante el año fiscal anterior en el cumplimiento del decreto ejecutivo y la estrategia de justicia ambiental del DOT y el Decreto ejecutivo 12898. Como es requerido por el EJ MOU, el grupo de trabajo del DOT preparará un informe anual sobre el progreso de la implementación en febrero de cada año, comenzando en 2012, luego publicará el informe anual en la página web pública del DOT y proporcionará un vínculo a EJ IWG.
Para asegurarse de que la estrategia todavía sea un documento activo, el DOT tiene planes para revisar y modificar, según corresponda, su estrategia de justicia ambiental cada 3 años.
E. Colaboración interinstitucional e intergubernamental
El DOT coordinará los procedimientos y el trabajo para eliminar los obstáculos procedimentales o normativos para alcanzar la justicia ambiental. Esta medida abarca programas y colaboraciones en las diversas administraciones operativas del DOT y con otras agencias federales, estados, y gobiernos locales y tribales.
A través de la participación de alto nivel y del personal en EJ IWG y los comités, y por medio de la adhesión al EJ MOU, el DOT coordinará sus esfuerzos de justicia ambiental con otras agencias federales siempre que sea factible y aconsejable. El continuo desarrollo de la estrategia de justicia ambiental del DOT será informado por principios y estrategias de justicia ambiental compartidos a través de múltiples agencias, así como aportaciones del público, adhiriéndose así al Decreto ejecutivo 12898 y para fomentar al mismo tiempo un conjunto simplificado de principios que trabajan para minimizar las expectativas divergentes de las diversas partes interesadas.
Además de las políticas y estrategias, el DOT colaborará con diversas partes interesadas para elaborar una guía de justicia ambiental según sea necesario para los programas o las actividades interinstitucionales financiados por el DOT. La guía de justicia ambiental para dichas actividades se atendrá a los principios establecidos en el Decreto de justicia ambiental del DOT y esta estrategia. El DOT tiene experiencia con la aplicación de los principios de justicia ambiental dentro de las iniciativas interinstitucionales, como se ejemplifica en el grupo de trabajo de justicia ambiental dentro de la Asociación de Comunidades Sostenibles, un programa de subsidio interinstitucional formado por el DOT, la Agencia de Protección Ambiental y el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano.